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![]() Presentación de documentos.
El Cliente debe aportar toda la documentación requerida para la presentación de la operación en la oficina del Trader:
* SET Compliance : Tras el contacto inicial con el cliente y tras estudiar la viabilidad de la operación, se le proporcionará al cliente el set compliance (Set de documentos) para su debida cumplimentación y firma. Para mayor agilidad y facilidad para el cliente, nuestro despacho cumplimentará el set compliance en un 90% para que el cliente simplemente deba revisarlo y proceder a su firma.
* Pasaporte : Tamaño DIN-A4 y en cualquiera de los siguientes formatos: PDF, JPG, BMP ó PNG.
* ACTIVO : La Prueba de Fondos y todos los documentos del banco tienen que ser manualmente firmados por dos oficiales bancarios identificados que actualmente están a cargo de la cuenta del cliente. Las firmas electrónica no serán aceptadas. En el caso de los documentos tengan que ser verificados por el sistema Euroclear /DTCC, será imprescindible la impresión de las 12 páginas. IMPORTANTE : No aceptamos ningún tipo de procedimiento que prohiba todas las llamadas telefónicas banco a banco, ya que es necesario para verificar y asegurarse de que se trata de un firmante real de la cuenta y que los fondos y/o activos no sean objeto de "leasing".
* Joint Venture Agreement : Al igual que el SET Compliance, llegado su momento, se le proporcionará al cliente el "Acuerdo Comercial" estipulado y regido por la ICC 600.
2.- Düe Diligence y verificación del Activo
Una vez presentada la operación en la oficina del Trader, se procederá de forma inmediata a la verificación del activo y a la realización de la "Due Diligence" (fase de estudio para su aceptación) al Cliente y al activo presentado. El cliente no puede tener conexiones con la mafia, tráfico de drogas, armas, ni ninguna otra actividad ilegal. Asimismo, el activo debe ser bueno, claro, limpio y de origen no criminal y debe estar a total libre disposición del Cliente.
3.- Contacto y presentación del Program Manager
Una vez superado con éxito las diligencias previas, en un plazo máximo de 48-72 horas, el Program Manager se pondrá en contacto directamente con el Cliente vía telefónica. El objetivo de esta llamada, además de su presentación formal, es comunicar al Cliente el tipo de programa al que va a acceder, rentabilidades, así como acordar con el Cliente las diferentes vías disponibles para bloquear el activo.
4.- Firma "Contrato Trading"
Tras acordar Cliente y Program Manager la vía de bloqueo y habiendo aclarado todas las posibles cuestiones que pudieran surgir en dicha conversación, al cliente se le ofreceran diversas posibilidades para la firma del Contrato Trading :
Opción 1.- Firma del Contrato Trading vía correo electrónico y posteriormente en el momento que se produzca la firma para la apertura de la cuenta del cliente, se realizará la ratificación del Contrato Trading ante el Trader. (Opción rápida)
Opción 2.- Cliente y Trader acuerdan día y hora para la firma del Contrato Trading de manera presencial. (Esta opción no está disponible para todos los casos ya que dependerá de las características del Activo presentado)
Una vez firmado el Contrato Trading y se haya producido el bloqueo del Activo, en un plazo máximo de 15 días bancarios, el inversor estará ingresando en programa.
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